Martes, 22 Febrero 2022 13:20

¿Quiénes son las autoridades del Procedimiento Administrativo Sancionador?

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Si por cometer alguna presunta falta administrativa, te están iniciando un procedimiento administrativo disciplinario en relación a tu labor como servidor civil o  ex servidor civil dentro de alguna entidad pública, resulta importate conocer quiénes son las autoridades competentes para conducir el procedimiento administrativo disciplinario.

Por ello, es necesario mencionar que el procedimiento administrativo comprende de dos fases: la FASE INSTRUCTIVA, la cual estará a cargo del órgano instructor, quien es la autoridad encargada de llevar a cabo las actuaciones que sean necesarias para determinar la responsabilidad administrativa disciplinaria, empezando dichas actuaciones con la notificación al servidor civil de la comunicación que determina el inicio del PAD, y la FASE SANCIONADORA, la cual estará a cargo del órgano sancionador, quien es la autoridad encargada desde la recepción del informe del órgano instructor, hasta la emisión de la comunicación que determina la imposición de sanción o que determina la declaración de no a lugar, disponiendo, en este último caso, el archivo del procedimiento.

Es así, que el artículo 92° de la Ley Servicio Civil establece expresamente que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario son las siguientes:

a) El Jefe inmediato del presunto infractor.

b) El Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces.

e) El Titular de la entidad.

d) El Tribunal del Servicio Civil.

Asimismo, el numeral 93.1 del artículo 93° del Reglamento General de la Ley Servicio Civil prescribe la competencia de las autoridades competentes del PAD en la primera instancia (la fase instructiva, sancionadora): el Jefe inmediato, Órgano de Recursos Humanos, Titular de la entidad; y en la segunda instancia: (el Órgano de Recursos Humanos y el Tribunal del Servicio Civil), por lo cual las autoridades competentes para conducir el PAD, dependerán de la posible sanción a imponerse al servidor infractor, como se detalla de la forma siguiente:

SANCIÓN

PRIMERA INSTANCIA

SEGUNDA INSTANCIA

ORGANO INSTRUCTOR

ORGANO SANCIONADOR

OFICIALIZACION DE LA SANCION

AMONESTACION ESCRITA

Jefe inmediato del presunto infractor

Jefe inmediato del presunto infractor

Jefe de recursos humanos

Jefe de recursos humanos

SUSPENSION

Jefe inmediato del presunto infractor

Jefe de recursos humanos

Jefe de recursos humanos

Tribunal del Servicio Civil

DESTITUCION

Jefe de recursos humanos

Jefe de recursos humanos

Titular de la entidad

Tribunal del Servicio Civil

 

Que, la Secretaría Técnica apoya al desarrollo del PAD, precalificando, documentando todas las etapas y asistiendo a las autoridades instructoras y sancionadoras del mismo, pero no forma parte de las autoridades competentes.

En ese sentido, se advierte que en el marco de un procedimiento administrativo disciplinario las autoridades son establecidas expresamente por la Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, independientemente del régimen laboral que tengan dichas autoridades; por lo que, no es posible que las entidades deban emitir un documento (como por ejemplo una resolución o un oficio) para designar a las autoridades de un procedimiento administrativo disciplinario.

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